Por soberbios morenistas perdieron candidaturas

Chapulines
Instituto Nacional Electoral (INE) FOTO: WEB
*INE solo aplicó el 79 de Ley de partidos políticos
*Candidatos culpan a Mario Delgado de indolente

Carlos Jesús Rodríguez Rodríguez / ACOSTUMBRADOS A echarle la culpa al pasado para justificar sus yerros, los morenistas, ahora se culpan unos a otros por la cancelación de 25 candidaturas a puestos de elección popular, entre otras la de Félix Salgado Macedonio y Raúl Morón, aspirantes a las gubernaturas de Guerrero y Michoacán. Y es que algunos aspirantes, más allá de que el Presidente Andrés Manuel López Obrador descalificó a priori al Instituto Nacional Electoral argumentando que atenta “contra la democracia” al haber retirado numerosas postulaciones a Morena por no haber reportado gastos de precampaña, una revisión de los argumentos presentados por los Consejeros Electorales y de la legislación en que se fundaron, demuestra que la sanción no sólo fue apegada a la ley, sino además totalmente proporcional a la falta. Por ello, la cancelación de candidaturas por parte del INE provocó un choque al interior de las “tribus” que ya se reparten culpas buscando a los responsable de no entregar la información de gastos de precampañas, y acaso por ello AMLO decidió cambiar el discurso argumentando –desde la tierra donde creció su referente histórico-demócrata, Francisco I. Madero, y se forjó la Revolución Mexicana-, que avizora un proceso electivo sin sombra de fraude, por lo que llamó al pueblo y a los actores políticos a desterrar por siempre la cooptación y la compra del voto.

PERO RAUL Morón, a quien el INE revocó la candidatura por Michoacán es claro cuando culpa de los errores a quien ahora no quiere reconocerlo y, en cambio recurre a la descalificación y diatriba, en este caso a Mario Delgado Carrillo a quien le recuerda que la dirigencia nacional morenista es la que estaba obligada a entregar los informes de gastos al Instituto Nacional Electoral (INE) y no lo hizo en tiempo y forma. “No fueron omisos, sí lo rindieron y bueno pues esto, este destiempo fue el que generó que se tumbe, que se caiga la candidatura, pero les reitero, era el partido el obligado no nosotros. Nosotros estamos a salvo de lo que fuese, pero finalmente nos alcanza hasta acá el resolutivo del instituto”, por lo que en respuesta, la dirigencia nacional de Morena, a cargo de Mario Delgado, trata de aclarar diciendo que Morón no solicitó a la dirigencia nacional que se le registrara como precandidato único, hecho que se le notificó al INE, “es decir, se le informó que al no tener registro como precandidato no realizaría precampaña, por eso no hay un informe de actividades como precandidato”.

LO CIERTO es que en los Estatutos de Morena se precisa puntualmente que la Secretaría de Finanzas de ese partido es la responsable de presentar los informes de gastos de precampañas y campañas. “Secretario/a de Finanzas, quien deberá procurar y administrar los recursos financieros aportados por ciudadanas y ciudadanos y Protagonistas del cambio verdadero; además será responsable de la administración del patrimonio de Morena y de la presentación de los informes de ingresos y egresos, de precampaña y campaña a que se refiere la legislación electoral”, y ante lo irrebatible, Mario Delgado insiste en que “ hoy se ve la tentación de la regresión democrática”, ya que señaló a algunos consejeros electorales del INE de tomar partidos y obedecer a la mafia de la corrupción, aunque debería reconocer que por dejadez, desconocimiento de sus propios estatutos o porque creen que todo lo pueden, dejaron de informar en tiempo y forma al INE y ahí están las consecuencias.

LO PEOR es que el Presidente López Obrador, creyéndose absolutista, denunció a “bote pronto” que el INE atenta “contra la democracia” al haber retirado numerosas candidaturas a Morena por no haber reportado gastos de precampaña, pero una revisión de los argumentos presentados por los Consejeros Electorales y de la legislación en que se fundaron, demuestra que la sanción no sólo fue apegada a la ley, sino además totalmente proporcional a la falta. Y aunque AMLO insista en que el INE es ahora el “Supremo Poder Conservador”, lo cierto es que solo aplicó la ley.

Y ES que la Ley General de Partidos Políticos en su artículo 79 señala que “los partidos políticos deberán presentar informes de precampaña y de campaña, conforme a las reglas siguientes: a) Informes de precampaña: Deberán ser presentados por los partidos políticos para cada uno de los precandidatos a candidatos a cargo de elección popular, registrados para cada tipo de precampaña, especificando el origen y monto de los ingresos, así como los gastos realizados; II. Los candidatos y precandidatos son responsables solidarios del cumplimiento de los informes de campaña y precampaña. Para tales efectos, se analizará de manera separada las infracciones en que incurran; III. Los informes deberán presentarse a más tardar dentro de los diez días siguientes al de la conclusión de las precampañas; Los gastos de organización de los procesos internos para la selección de precandidatos que realicen los partidos políticos serán reportados en el informe anual que corresponda, y Toda propaganda que sea colocada en el periodo en que se lleven a cabo las precampañas y que permanezcan en la vía pública una vez concluido dicho proceso o, en su caso, una vez que el partido postule a sus candidatos, especialmente los que contengan la imagen, nombre, apellidos, apelativo o sobrenombre del precandidato triunfador de la contienda interna, serán considerados para efectos de los gastos de campaña de éste, los cuales deberán ser reportados en los informes correspondientes.

EN ESE contexto, la Ley de General de Instituciones y Procedimientos Electorales en su Artículo 229, señala que “A más tardar en el mes de octubre del año previo al de la elección, el Consejo General determinará los topes de gasto de precampaña por precandidato y tipo de elección para la que pretenda ser postulado. El tope será equivalente al veinte por ciento del establecido para las campañas inmediatas anteriores, según la elección de que se trate. El Consejo General, a propuesta de la Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos, determinará los requisitos que cada precandidato debe cubrir al presentar su informe de ingresos y gastos de precampaña. En todo caso, el informe respectivo deberá ser entregado al órgano interno del partido competente a más tardar dentro de los siete días siguientes al de la jornada comicial interna o celebración de la asamblea respectiva. Si un precandidato incumple la obligación de entregar su informe de ingresos y gastos de precampaña dentro del plazo antes establecido y hubiese obtenido la mayoría de votos en la consulta interna o en la asamblea respectiva, no podrá ser registrado legalmente como candidato. Los precandidatos que sin haber obtenido la postulación a la candidatura no entreguen el informe antes señalado serán sancionados en los términos de lo establecido por el Libro Octavo de esta Ley. Leído lo anterior, a MoReNa solo le queda moverse (no sean mal pensados) ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, a ver si los apoya como en otras tantas ocasiones debido a su supeditación al Presidente, pero el INE, se quiera o no aceptar, está en lo correcto. OPINA [email protected]

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