¡Alerta roja para Morena!

Salgado
Andrés Manuel López Obrador y Félix Salgado Macedonio FOTO: WEB
- en Opinión

Irineo Domínguez Méndez / A nivel nacional se ha dado a conocer que el INE invalidó 48 registros de candidatos de Morena; de los cuales, supuestamente, no informaron los gastos de precampaña. Félix Salgado Macedonio está entre los afectados; sufre el embate ahora por parte de los consejeros del INE, al igual que varios de sus compañeros. Mario Delgado está contra la pared por incompetente y, muy posiblemente, por su nula o poca moral política. Esto es así, porque los precandidatos informan al partido de los gastos en que incurren.

Salgado Macedonio ha sufrido linchamientos por los delitos que le imputan; sus detractores se olvidan de la presunción de inocencia y hacen escarnio de él sin importarles el daño moral que causan a su familia; él tiene seis hijas y una esposa: ¡mujeres! A pesar de los señalamientos de propios y extraños, logró mantenerse como candidato a gobernador en el estado de Guerrero; sin embargo, “no contaba con la astucia” y perversidad de algunos consejeros del INE, quienes – ni tardos ni perezosos – acordaron anular su registro por el incumplimiento de informar gastos de precampaña.

Desde el punto de vista legal, son los partidos políticos los responsables de recibir los informes de gastos de precampaña y campaña de los precandidatos y candidatos y de transmitirlos al INE, el cual efectuará la fiscalización de ingresos y egresos; trátense de procesos electorales federales o locales, según mandata el Artículo 32 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE). Igualmente, dicho numeral señala la facultad de atracción que tiene el INE en cualquier asunto de la competencia de los Organismos Públicos Locales (OPLEs) “cuando su trascendencia así lo amerite o para sentar un criterio de interpretación.”. Así las cosas, según el INE ameritó atraer el estudio de los gastos de precampaña de los candidatos a gobernador de los estados de Michoacán y Guerrero. ¡Vaya coincidencia!  Con este tipo de “coincidencias” se comprueba – una vez más -, la innecesaria existencia de los OPLEs. En lo que nos ocupa, la decisión de retirar los registros de los candidatos de Morena se debió a la falta de reporte de gastos de precampaña; pero, ¿porqué atrajeron la fiscalización, los OPLEs se declararon incompetentes? ¡Ajá! Por eso les aplicaron el Artículo 229, numerales 2 y 3 de la LGIPE.

  1. “El Consejo General, a propuesta de la Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos, determinará los requisitos que cada precandidato debe cubrir al presentar su informe de ingresos y gastos de precampaña. En todo caso, el informe respectivo deberá ser entregado al órgano interno del partido competente a más tardar dentro de los siete días siguientes al de la jornada comicial interna (…).”. (Mario Delgado nunca informó cuándo se celebraron las encuestas).
  2. “Si un precandidato incumple la obligación de entregar su informe de ingresos y gastos de precampaña dentro del plazo antes establecido y hubiese obtenido la mayoría de votos en la consulta interna (…), no podrá ser registrado legalmente como candidato. Los precandidatos que sin haber obtenido la postulación a la candidatura no entreguen el informe antes señalado serán sancionados en los términos de lo establecido por el Libro Octavo de esta Ley.”.

Asimismo, el Artículo 199 en su inciso o) señala que la Unidad Técnica de Fiscalización (UTF) propondrá “a la Comisión de Fiscalización las sanciones a imponer de acuerdo a la gravedad de las faltas cometidas.”. En otras palabras, esta UTF pudo haber propuesto el retiro de las candidaturas de los sancionados o, a motu proprio, el Consejo General de INE fue juez y verdugo.

En términos generales, se reitera la responsabilidad de los partidos políticos de informar al INE los gastos de precampaña de sus precandidatos; así lo mencionan los artículos 25; 43 y en especial el 44 numeral 1. Inciso a) fracción IX.; este último dice: Fechas en las que se deberán presentar los informes de ingresos y egresos de campaña o de precampaña, en su caso.

De manera clara el Artículo 77 numeral 1 cita lo siguiente: “El órgano interno de los partidos políticos previsto en el artículo 43, inciso c), de esta Ley, será el responsable de la administración de su patrimonio y de sus recursos generales, de precampaña y campaña, así como de la presentación de los informes a que se refiere el presente Capítulo. (…).”. Lo anterior queda robustecido por el contenido del Artículo 79: 1. Los partidos políticos deberán presentar (…): a) Informes de precampaña: I. Deberán ser presentados por los partidos políticos para cada uno de los precandidatos a candidatos a cargo de elección popular, (…); II. Los candidatos y precandidatos son responsables solidarios del cumplimiento de los informes de campaña y precampaña. Para tales efectos, se analizará de manera separada las infracciones en que incurran; III. Los informes deberán presentarse a más tardar dentro de los 10 días siguientes al de la conclusión de las precampañas; (…).

El Artículo 80 de la LGPP menciona los tiempos para que los partidos políticos entreguen sus informes de gastos de precampaña a la UTF; ésta tendrá un término de 15 días para revisarlos y, en su caso, informará de la existencia de errores y los prevendrá para que, en el término de 7 días contados a partir de la notificación, presenten las aclaraciones o rectificaciones que considere pertinentes; después de este término  la UTF contará con de 10 días para emitir el dictamen consolidado, así como el proyecto de resolución respectivo, para someterlo a consideración de la Comisión de Fiscalización; ésta última contará con 6 días para aprobar los proyectos emitidos por la UTF y por último, la Comisión de Fiscalización presentará en un plazo de 72 horas el proyecto ante el Consejo General, el cual contará con un plazo de 6 días, para su discusión y aprobación. Yendo a los extremos, el acuerdo debió tomarse pasados 57 días después de la conclusión de las precampañas.

Sigue la especulación: ¿cuándo el INE supo que los candidatos sancionados se convirtieron en precandidatos? en la página oficial del INE en internet no apareció ninguno de Morena. Si conoció los nombres de todos los precandidatos a diputados federales y locales ¿porqué no los dio a conocer? Se anularon los registros y encuestas de los precandidatos a gobernador en Guerrero de Morena por resolución de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia, por tal razón se efectuó un nuevo registro de aspirantes a ese puesto, entre ellos Salgado Macedonio. Los aspirantes a precandidatos aprobados participaron en la última encuesta; la cual se realizó en la semana siguiente, ya sin efectuarse actos de precampaña. Félix Salgado volvió a ganar y fue registrado oficialmente.

El INE, muy posiblemente, acordó algo ilegal. Existen inconsistencias difícilmente de sostener; entre ellas: 1. que el partido no entregó ningún informe de gastos de precampaña de los precandidatos a pesar de recibirlos de éstos; en tal caso y de proceder, la sanción tendría que recaer en el partido; 2. que los aspirantes se hayan convertido en precandidatos fuera del plazo estipulado para efectuar actos de precampaña y el partido no lo haya notificado a los OPLEs o al UTF; en este caso, tampoco incurrieron en actos de precampaña.

La élite política de Morena está integrada por ineptos y es la causante de tantos desaciertos; violentar su Estatuto es una conducta constante. Les pusieron mucha crema a sus tacos para elaborar la Convocatoria para elegir candidatos que hoy la verdadera militancia paga facturas ajenas. Mario Delgado debería renunciar y no esperarse para hacerlo después de las derrotas electorales que sufrirán el próximo 6 de junio.

Otro sí digo. – En Veracruz, se presume complicidad del OPLE en la violación al código electoral local. Basta aludir el artículo 61 para comprobarlo.

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