Sofía Martínez, al amparo

Amparo
Sofía Martínez Huerta FOTO: WEB
- en Opinión

Filiberto Vargas Rodríguez / 

Prefacio. 

México superó este martes los 900 mil casos confirmados de coronavirus. *** De acuerdo con datos de la Secretaría de Salud, los casos confirmados ascendieron a 901 mil 268; además, ya son 89 mil 814 las personas fallecidas por el nuevo coronavirus. *** José Luis Alomía, director de Epidemiología, informó que los casos sospechosos -con posibilidad de resultado positivo a Covid-19- aumentaron a 52 mil 428. La hipertensión, la obesidad y la diabetes continúan siendo los primeros tres padecimientos asociados a los decesos por coronavirus. *** Todas las entidades del país cuentan, hasta el momento, con disponibilidad en camas tanto de hospitalización general como con ventilador.

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José Ezequiel Santos Álvarez es juez décimoctavo de Distrito del Séptimo Circuito, con sede en Xalapa.

Consultando con algunos abogados con experiencia en litigios, apuntan que este juzgador es preparado, se suele actualizar en los temas que le atañen, pero en términos futboleros, es “un árbitro muy localista”.

Esto es, que procura no meterse en problemas, que “juega con el marcador” y no suele confrontar a quienes detentan Poder.

¿Por qué es importante esta radiografía del juez Ezequiel Santos?

Esta semana la magistrada Sofía Martínez Huerta inició un juicio de amparo que quedó registrado con el número 532/2020 en el índice del Juzgado Decimoctavo de Distrito, justo el que encabeza Ezequiel Santos Álvarez.

En la demanda, la magistrada reclama “actos fuera de juicio” consistentes en la “ilegal sesión” con la que fue destituida de su cargo de Presidenta del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura. Asegura que esas acciones fueron violatorias de los artículos 1, 14, 16, 17 y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El artículo primero de la Carta Magna se refiere a la protección de los derechos humanos, los que –en opinión de la magistrada- le fueron violentados; el artículo 14 advierte que nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho.

En el artículo 16 se establece que “nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento”; el 17, mientras tanto, hace referencia a que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial.

El 133 tiene que ver con los recursos económicos que les son encomendados a los servidores públicos, y que deben ser manejados “con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados”.

El recurso presentado por la magistrada Sofía Martínez es un amparo indirecto en materia administrativa, mediante el cual pretende que le sea otorgada –en principio- la suspensión provisional con efectos restitutorios. Es decir que, de ser procedente la suspensión, Sofía Martínez Huerta sería restituida como presidenta.

La Comisión Nacional de Tribunales Superiores de Justicia de los Estados Unidos Mexicanos (Conatrib), emitió un comunicado para cuestionar la legalidad de la destitución de Sofía Martínez Huerta.

A nombre de los poderes judiciales del país, el presidente de la Conatrib, el magistrado Rafael Guerra Álvarez exhortó a proteger la autonomía de los órganos de justicia locales y evitar cualquier tipo de intromisión que afecte la vida institucional.

“Desde la Conatrib se hace un llamado a ser ejemplo de legalidad en todos y cada uno de los procedimientos internos”.

Mientras tanto, ni el Presidente Andrés Manuel López Obrador, ni la secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, han salido a defender a la magistrada Sofía Martínez, lo que hace suponer que las acciones para removerla del cargo tuvieron el aval del gobierno federal.

Con una larga carrera en el Poder Judicial y habiéndose desempeñado como Presidenta del Tribunal Superior de Justicia, la magistrada Sofía Martínez debería contar –en teoría- con el asesoramiento de los abogados más competentes en la materia, pues a estas alturas alguien ya le debe haber dejado bien claras las cosas: O aplica todos sus recursos y conocimientos en su defensa jurídica, o el siguiente paso es que procedan penalmente en su contra y termine en la cárcel.

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Epílogo. 

Un juez federal canceló este martes la orden de aprehensión contra Miguel Ángel Vázquez Nieva y Santa Bartolo Acuña, quienes fueron señalados por la entonces Procuraduría General de la República (PGR) de ser cómplices de Javier Duarte, dentro de la causa penal por la que recibió una sentencia de nueve años de prisión. *** En la resolución judicial se señala que el ex comisario ejidal Miguel Ángel Vázquez y la contadora Santa Bartolo, eran accionistas de la empresa Terra Urbanizaciones y Desarrollos Inmobiliarios, que la PGR afirmó que sirvió para triangular recursos de las arcas del gobierno de Veracruz, a través de la simulación de compra-venta de terrenos en Campeche por más de 439 millones de pesos. *** En el mes de enero, un juez les negó el amparo contra la orden de captura por los delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita, pues aseguró que la orden cumplía con los requisitos, además de que existían datos de prueba suficientes en su contra. Sin embargo, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal revocó la sentencia y les concedió la protección de la justicia. *** El Juez Decimoséptimo de Distrito con residencia en Xalapa emitió sentencia dentro del Juicio de Amparo 270/2020 y su acumulado 329/2020, en la que determinó conceder la protección de la justicia federal al exdiputado local Erik Iván Aguilar, en contra de la medida cautelar de prisión preventiva y del auto de vinculación a proceso, dictados en su contra por un Juez de Control el pasado mes de julio. *** Erik Iván Aguilar fue desaforado en marzo de este año, acusado de impedir que la Fiscalía General del Estado realizara las diligencias correspondientes al cuerpo de una persona que había fallecido como consecuencia de un accidente automovilístico. *** Con esta resolución, el exdiputado local podría quedar en libertad para enfrentar el proceso penal en su contra, en el que sólo permanece la acusación por el delito de resistencia de particulares que, por contemplar una pena de entre 6 meses y 2 años de prisión, aún en caso de ser señalado culpable, la pena sería conmutable. Tarde, muy tarde, pero la justicia llega.

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