Sabía usted que en Oaxaca hay un artículo en la ley electoral que permite la postulación de personas transgénero, transexuales, intersexuales o muxes. Ese es el artículo 16 sobre los Lineamientos en Materia de Paridad de Género 2018 que señala lo siguiente: «En caso de postulación de persona transgénero, transexuales, intersexuales o muxes, la postulación de la candidatura corresponderá al género al que la persona se auto adscriba y dicha candidatura será tomada en cuenta para el cumplimiento del principio de paridad de género».
Y es que en Oaxaca la cultura muxe está muy bien arraigada, de tal manera que la exigencia de la sociedad oaxaqueña es que ellas también sean representantes y representadas. Sin embargo, algunos “vivillos”, delincuentes electorales, pretendieron hacerse pasar por transexuales, transgéneros y muxes con tal de alcanzar una candidatura para alcaldes en Oaxaca.
Afortunadamente el Colectivo por la Defensa de la Mujeres se dio cuenta de esto y ya la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) ordenó cancelar 17 candidaturas en las que presuntamente hombres se hicieron pasar por personas transgénero para obtener registros asignados a mujeres.
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