Paridad de género y coaliciones

- en Opinión

Sergio González Levet / La paridad de género a que están obligados los partidos políticos y las coaliciones en sus listas de abanderados para las diputaciones locales del próximo 5 de junio se está complicando para todos los institutos políticos, pero más para el PRI y sus aliados.

Cada partido tendría que poner 15 candidatos y 15 candidatas para el caso de las uninominales, y una lista intercalada de 10 mujeres y 10 hombres en el caso de las plurinominales.

Pero resulta que el PRI, el PVEM, el Ave y el Panal irán en coalición en 13 distritos, y van solos en los restantes 17. Y resulta también que los partidos chicos aglutinados en la Alianza para mejorar [a] Veracruz están proponiendo a puros señores, con lo que les quedarán pocas alternativas en los distritos restantes.

Pongo un caso: el Ave registró a tres precandidatos hombres (Misantla, Emiliano Zapata y Acayucan), el Panal lleva cuando menos un varón (Martínez de la Torre, pues en Cosoleacaque va seguro Karla Enríquez Merlín) y el Verde está proponiendo cuando menos a dos señores (Tantoyuca y Orizaba, y aún no decide en Veracruz I). ¿Eso querrá decir que el PRI tendría que poner a cinco mujeres por los distritos (Álamo, Tuxpan, Xalapa II, Veracruz II y Boca del Río) en los que le toca ser cabeza de la coalición? Digo, para ajustar la paridad de la Coalición.

Y después, si no lleva candidatos en los otros distritos de la Coalición, solamente competirá en 22 distritos, y tendrá que poner seis mujeres más, para garantizar las 11 que es la mitad de sus candidatos.

La verdad es que está como para hacerse bolas.

Por eso acudí a los “LINEAMIENTOS GENERALES APLICABLES PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL PRINCIPIO DE PARIDAD DE GÉNERO EN EL REGISTRO DE CANDIDATOS ANTE EL ORGANISMO PÚBLICO LOCAL PARA EL ESTADO DE VERACRUZ” (sic, por las mayúsculas que sólo dificultan la lectura) y exactamente al artículo 18, cuya redacción lastimosa (¿por qué no invitan a lingüistas a corregir las leyes y normas antes de publicarlas?) sólo me dejó más dudas:

“Artículo 18.- De la totalidad de solicitudes de registro que presenten los partidos políticos o coaliciones ante el OPLE, deberán integrarse salvaguardando la paridad entre los géneros, mandatada en la Constitución.”

O sea que… o sea que… ¡quién sabe! No sé si leo en otro idioma o si nuestros legisladores usaron una forma dialectal diferente del castellano, pero ese “De la totalidad… deberán” me sabe a falta de concordancia, y tal vez lo hubieran podido decir con palabras menos rimbombantes como “salvaguardando” y “mandatado” (que aún no acepta la Real Academia Española).

Están las cúpulas priistas veracruzanas en el momento de la ida y vuelta de las listas, de las subidas y bajadas de los nombres, de las negociaciones… pero una vez que logren integrar sus planillas con propietarios y suplentes van a tener que empezar de nuevo a la ida y vuelta de las listas, a la subida y bajada de los nombres, porque seguramente no les van a dar las cuentas con eso de la paridad.

El PAN y el PRD, que van en la coalición Unidos para rescatar [a] Veracruz, no tienen un problema más grande porque irán en alianza en los 30 distritos electorales, y será relativamente fácil ajustar la paridad.

Bueno, eso parece…

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