¡Aproveche la oferta!

- en Opinión

Brenda Caballero / ¡Siempre benefician a los morosos! Es lo que se escucha cuando hay condonaciones de impuestos.

Definitivamente crea malestar si eres contribuyente cumplido y pagas tus impuestos; caso contrario, si no los pagas, hasta saltas de alegría porque ya no tendrás que pagar.

Reconozco que hay contribuyentes que no son morosos. Simplemente no han podido pagar sus obligaciones fiscales por falta de dinero, incluso problemas de salud.

Aunque hay otros contribuyentes que ni fu ni fa, ni se acongojan ni les da frío deber impuestos.

Y la amenaza de incorporarlos al buró de crédito no les preocupa, porque no manejan ningún tipo de tarjetas bancarias… es decir, los tiene absolutamente sin cuidado.

El año pasado, durante noviembre y diciembre, el Gobierno del Estado de Veracruz a través de la Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan) anunciaba el programa Condonación Veracruz 2015 para apoyar a las familias y empresas veracruzanas para regularizar sus adeudos en materia fiscal estatal, con  facilidades y descuentos.

La vigencia del decreto fue del 2 de noviembre hasta el 31 de diciembre de ese año.

Al concluir el plazo, no faltó quien dijera que nunca se enteró o preguntara si volvería el beneficio.

Realmente lo dudaba ante la situación actual que pasa el estado, financieramente hablando, aunque creo debemos agradecer que próximamente habrá elecciones para Gobernador, pues la condonación regresó el día de ayer, a través de la Gaceta Extraordinaria número 040 de fecha 28 de enero de 2016, donde se establece el “Decreto por el que se condonan al cien por ciento la actualización, recargos y multas de personas físicas o morales inscritas en el registro Estatal de contribuyentes que tengan créditos fiscales o adeudos derivados de contribuciones estatales determinados por la autoridad fiscal estatal o los que se autodeterminen los contribuyentes, ya sea en forma espontánea o por autocorrección”. Este beneficio será aplicado a partir del día siguiente de la publicación del Decreto, con vigencia hasta el 30 de abril de 2016.

En otras palabras: Si usted debe algún crédito de impuestos estatales, le condonarán la multa, los recargos y la actualización, siempre y cuando liquide el impuesto principal y cumpla con los requisitos que le establezca la autoridad,  mediante previa solicitud.

Ahora que si usted tiene un vehículo con adeudo desde 2011 a la fecha, le condonarán la actualización y los recargos de cada año hasta 2015, pagando sólo el derecho vehicular.

Aquí quiero hacer una aclaración: La tenencia no se condona, sólo sus accesorios correspondientes, por lo que no espere obtener ese beneficio.

Se condonarán también las multas extemporáneas por la verificación estática del vehículo. Es decir: si usted no ha llevado a un verificentro su unidad, ¡aproveche! Es el momento de hacerlo y librarse de las multas.

¡Aproveche la oferta! Porque créame, después del 5 de junio, no se volverán a repetir, al menos por un año.

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