¿Cuándo pide licencia Silva?

Piso mojadoEl tema Silva Ramos ha sido el más manoseado en esta semana, todos escribieron sobre el asunto pero pocos desde la perspectiva de Aurelio Contreras Moreno: «Llorón como es, el diputado federal Alberto Silva mandó a sus corifeos a que lo defiendan de las críticas por su inminente imposición en la dirigencia estatal del PRI, bajo el inocente “argumento” de que el partido no es parte del gobierno y que sólo a los priistas corresponde opinar al respecto, bajo los mecanismos que contemplan sus estatutos. Y hablando de los estatutos del PRI. En el artículo 156, que establece los requisitos para ser presidente del Comité Directivo Estatal, se señala que deben, “en los casos de quienes ocupen un cargo de elección popular, de dirigente partidista ejecutivo territorial o se desempeñen como servidores públicos de mando medio o superior, solicitar licencia al cargo a la fecha de presentación de la solicitud de registro, misma que deberán mantener al menos hasta la conclusión del correspondiente proceso interno. En caso de ser electos, sólo los primeros podrán reintegrarse a sus cargos”». Este tema y otros los podrá leer en el Repechaje del día de hoy: “El Congreso, la clave para la impunidad”.

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