Hablando de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

- en Opinión

Tomás R. Domínguez Sánchez / Muy a propósito de la reciente visita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH por sus siglas) es importante decir que fue creada para garantizar la protección de los Derechos Humanos en el continente americano, sus veredictos son  inatacables porque no existe ningún medio de impugnación; tiene su asiento físico en la ciudad de San José, Costa Rica. La visita que hizo la Corte a México sacudió a los altos funcionarios porque ya se esperaba desde hace muchos años, porque para nadie es un secreto que el País es cliente consentido y ha obtenido varias sentencias condenatorias por la descarada violación de Derechos Humanos que se vive.

Los casos que son llevados a la CIDH resultan trascendentales, por ejemplo, el reconocimiento del delito de desaparición forzada de personas en México se lo debemos al caso histórico Rosendo Radilla Pacheco contra el Estado Mexicano en donde el señor Radilla Pacheco fue visto por última vez en un retén militar en el estado de Guerrero porque fue detenido ilegalmente por personal del Ejército Mexicano, la sentencia de la CIDH fue a favor de la familia y el gobierno está condenado a hacer una semblanza del señor Rosendo Radilla Pacheco, además debe proporcionar ayuda psicológica y/o psiquiátrica gratuita y de forma inmediata, adecuada y efectiva a las víctimas del delito, el “Estado pagará las cantidades de US $12,000.00 (doce mil dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en pesos mexicanos, por concepto de pérdida de ingresos del señor Radilla Pacheco, también una compensación de US $1,300.00 (mil trescientos dólares de los Estados Unidos de América), así como por el cambio en las condiciones de vida y las restantes consecuencias de orden inmaterial que sufrieron, la Corte estima pertinente fijar, en equidad, la cantidad de US $80,000.00 (ochenta mil dólares de los Estados Unidos de América) a favor de Rosendo Radilla Pacheco, como compensación por concepto de daño inmaterial. A su vez, por el mismo concepto, el Tribunal fija en equidad la compensación de US $40,000.00 (cuarenta mil dólares de los Estados Unidos de América) a favor de los señores Tita Radilla Martínez, Andrea Radilla Martínez y Rosendo Radilla Martínez, cada uno, por este concepto, en este extracto de la sentencia emitida, nos damos cuenta el gran daño que ocasionó el estado con Rosendo Radilla y el caso data de los años setentas.

En el caso de las candidaturas independientes, que se puede palpar con el recién electo Gobernador del estado de Nuevo León el bronco, se lo debemos a Jorge Castañeda Gutman porque cuando buscaba la Presidencia de la República no se garantizaba el goce de los derechos políticos porque una candidatura tenía que estar respaldada por un partido político, en concreto el caso Castañeda Gutman demandó que el Estado mexicano reparara y reintegrara las costas y gastos por la violación a los derechos humanos, a la protección judicial previstos en los artículos 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y que esto impactaba en el hecho que en México no había acceso a un recurso efectivo para poder plantear la constitucionalidad de las normas electorales, de modo que al negarse el registro en el entonces Instituto Federal Electoral a Castañeda Gutman se le violentó el derecho a votar y ser votado que también lo amparan los instrumentos internacionales.

Existe también el caso del Campo Algodonero donde encontraron cuerpos de mujeres que había sido asesinadas y en general la Corte condena al Estado mexicano, a pagar los gastos y costas que se derivaron del proceso, que fueron varios miles de dólares, le exige al gobierno mexicano que sea ágil con las investigaciones de las jóvenes Claudia Ivette González, Esmeralda Herrera Monreal y Laura Berenice Ramos Monárrez y de las que se agreguen a las características del mismo modo de operar, además llamó la atención al gobierno mexicano por no prestar las medidas suficientes de seguridad para salvaguardar los derechos a la vida, integridad personal, libertad personal, derechos de los niños, garantías judiciales; la obligación de respetar los derechos, el incumplimiento de la Convención Belén Do Pará, el deber de adecuar el sistema normativo interno. Y así existen otros tantos caso que siguen siendo una herida abierta en cuestión de derechos humanos para el país y las observaciones que emitirá la corte en su informe final sobre la situación actual se publicará en diciembre de este año.

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