El artículo 134 constitucional señala en parte: “La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales, los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público”.
No importa que Claudia Sheinbaum no haya ordenado la campaña a nivel nacional #EsClaudia (que la orden es más que presidencial), lo relevante es que ella es la beneficiaria. Señala Luis Carlos Ugalde, expresidente del IFE sobre dicha campaña: “Tienen un fin claro que es promover a una persona que ha manifestado que aspira a ser candidata a la Presidencia, es una acción concertada a nivel nacional para promover su figura, dado que la candidatura se definirá mediante una encuesta, claramente el propósito es posicionarla”.
Por supuesto, cuesta mucho trabajo suponer que el Tribunal Electoral suprima las aspiraciones presidenciales de Claudia Sheinbaum. Saben que un presidente como López Obrador es capaz de mandarlos a la cárcel desde la mañanera.
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