De acuerdo con el artículo 47 de la Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos “aquella persona que realice trabajos materiales de exploración arqueológica, por excavación, remoción o por cualquier otro medio, en monumentos arqueológicos inmuebles, o en zonas de monumentos arqueológicos, sin la autorización del Instituto Nacional de Antropología e Historia, se le impondrá prisión de tres a diez años y de mil a tres mil días multa”.
Hace unos días una mujer extranjera se saltó la valla y se subió a la pirámide de Kukulcan en Chichen Itza. No lo hubiera hecho, cuando bajó una turba ya la estaba esperando y sus buenos jalones de greñas se llevó. Los visitantes a las ruinas querían llevarla a la piedra de los sacrificios o de perdis que la metieran en prisión.
Sin embargo, sólo pudieron jalarle los pelos y echarla agua, además de los insultos y mentadas de madre. Finalmente, las autoridades le impusieron una multa a la #LadyChichenItza. ¿De cuánto? Sólo de 5 mil pesos. La verdad le salió barato el chistecito.
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