Bernardo Gutiérrez Parra / Si en tiempos pretéritos se permitía entrevistar a un acusado con la anuencia del Ministerio Público, que incluso era el que mandaba llamar a los periodistas. Si también se permitía que se le echara un vistazo al expediente del caso, en la actualidad ya no es así.
Si en esas épocas era lícito que todo fotógrafo de policía tomara gráficas de mujeres golpeadas, torturadas o incluso descuartizadas, ahora ya no.
En la actualidad y salvo anuencia de un juez no se permite ni asomarse a una carpeta de investigación lo cual es una frustración para cualquier reportero. Y cuando se filtran estos datos es porque una funcionaria o funcionario público los dio a conocer.
¿Es responsabilidad del periodista? No. ¿Es responsabilidad del funcionario público? Totalmente.
El periodista se hace de un documento que es oro molido porque le da acceso a informar con mayor veracidad cómo va el proceso de un detenido. Pero el funcionario comete una falta flagrante al debido proceso.
Lo peor es cuando se filtran documentos de víctimas como por ejemplo, mujeres. Lo que va más allá de toda ética.
Por lo anterior, la diputada Ivonne Trujillo Ortiz presentó al Congreso local una iniciativa de decreto que adicionaría un párrafo al Código Penal estatal, cuyo objetivo es sancionar las conductas que realice cualquier servidor público que, de manera indebida, revele o difunda imágenes, videos o grabaciones, así como archivos o información de una carpeta de investigación.
De acuerdo a la propuesta, se adicionaría el artículo 348 sexies para establecer que al servidor público que de forma indebida, difunda, entregue, revele, publique, transmita, exponga, remita, distribuya, videograbe, audiograbe, fotografíe, filme, reproduzca, comercialice, intercambie o comparta imágenes, audios, videos, información, documentos del lugar de los hechos o del hallazgo, indicios, evidencias, objetos, instrumentos relacionados con el procedimiento penal o productos con uno o varios hechos, se le impongan de dos a seis años de prisión y una multa de hasta 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA).
La propuesta indica que estas sanciones se incrementarían en una tercera parte, si la información que se difunda tiene el fin de menoscabar la dignidad de las víctimas o de sus familiares, se tratare de cadáveres de mujeres, niñas o adolescentes, o sea de las circunstancias de la muerte, de las lesiones o del estado de salud de la víctima.
Ivonne Trujillo que es presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género en el Congreso local, recordó que el 9 de febrero de 2020 una mujer de nombre Ingrid, fue asesinada dentro de su casa en la colonia Vallejo de la Ciudad de México. Érick Francisco, su pareja, fue detenido por ser el presunto feminicida.
Pero destacó que al realizarse el reporte de los hechos, las imágenes de la víctima fueron filtradas y difundidas en redes sociales y por algunos medios de comunicación. “Esto causó un gran enojo para muchas mujeres, quienes exigieron garantizar que estas acciones no ocurran más”, indicó.
Dijo que la filtración de información por parte de servidores públicos y la consecuente lesión a los derechos de las víctimas, es un hecho ampliamente documentado por la CNDH en su Informe sobre las violencias de género en la procuración de justicia.
Agregó que al sancionar y evitar las filtraciones se busca preservar la dignidad de las víctimas y sus familiares y disminuir el daño que sufren, al evitar que sean revictimizadas.
Salvo tu mejor opinión lector, la iniciativa es excelente. Por lo pronto ya fue turnada a la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales. Ahora sólo falta que la agilicen, le den trámite y no que se quede por ahí, arrumbada en un rincón.
Comentarios