Una vez desahogadas las inconsistencias el Comité Nacional Electoral contará con tres días para resolver las solicitudes (artículos 35), no dejando ningún margen para la promoción y propaganda para aquellas planillas de oposición que el Comité Nacional Electoral impugne su registro.
Además, anteriormente la convocatoria para la renovación seccional se sacaba hasta con mes y medio de anticipación. Todas estas irregularidades deben ser tomadas en cuenta por el Tribunal de Conciliación y Arbitraje, si es que en verdad se quiere que haya democracia en el sindicato más numeroso del país.