Hasta 8 años de prisión a quien difunda contenidos sexuales sin consentimiento; esto en Nuevo León

Con el voto a favor de 33 legisladores, el Congreso de Nuevo León avaló modificaciones al Código penal local para sancionar a quien difunda, publique o exhiba contenidos íntimos sin consentimiento, con hasta ocho años en prisión, la que es conocida como "Ley Olimpia" FOTO: WEB
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Monterrey, N.L. Con el voto a favor de 33 legisladores, el Congreso de Nuevo León avaló modificaciones al Código penal local para sancionar a quien difunda, publique o exhiba contenidos íntimos sin consentimiento, con hasta ocho años en prisión, la que es conocida como “Ley Olimpia”.

El Frente Nacional para la Sororidad dio a conocer que los diputados neoleoneses modificaron el artículo 271 bis 5 del Código Penal del Estado de Nuevo León.

Se aprueba elevar la pena de cuatro a ocho años de prisión a quien difunda, publique y exhiba mediante redes sociales o correo electrónico, contenido erótico o sexual, sin consentimiento de la víctima”, señaló.

La propuesta avalada fue presentada por el coordinador de la bancada de Morena, Ramiro González, junto con la activista Olimpia Coral Melo, fundadora del Frente Nacional para la Sororidad, quienes mencionaron que siete de cada 10 videos sexuales en páginas de internet se difunden sin consentimiento o las personas desconocen que habían sido grabadas.

La reforma aprobada este martes incluye sanciones a las personas que comercialicen el contenido íntimo y mantuvo las medidas para quienes cometan el delito y hayan mantenido una relación de confianza, afectiva o sentimental con la víctima. Con ello, Nuevo León se convierte en el estado número 13 en aprobar la Ley Olimpia en México.

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