Aprueba Congreso nueva Ley de Planeación para el Estado de Veracruz

Durante la décima sesión ordinaria, la LXV Legislatura del Estado de Veracruz aprobó la nueva Ley de Planeación del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, que tiene como propósito regular las normas, bases y funcionamiento del Sistema Estatal de Planeación Democrática, para conducir el desarrollo sostenible y lograr el bienestar social en la entidad FOTO: LEGISVER
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Con 34 votos a favor, 11 en contra y una abstención quedó aprobado el dictamen

Xalapa, Ver. Durante la décima sesión ordinaria, la LXV Legislatura del Estado de Veracruz aprobó la nueva Ley de Planeación del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, que tiene como propósito regular las normas, bases y funcionamiento del Sistema Estatal de Planeación Democrática, para conducir el desarrollo sostenible y lograr el bienestar social en la entidad.

Con 34 votos a favor de los Grupos Legislativos de Morena, “Del Lado Correcto de la Historia”, Movimiento Ciudadano-PRD y PRI-PVEM, así como 11 en contra, de integrantes del Grupo Legislativo del PAN y una abstención, quedó aprobado el dictamen, formulado por las Comisiones Permanentes Unidas de Hacienda del Estado y de Hacienda Municipal, que coincide en lo fundamental con la iniciativa enviada por el Gobernador Cuitláhuac García Jiménez.

Esta Ley determina los órganos responsables e instrumentos para que el Poder Ejecutivo coordine las acciones de planeación a cargo de la Administración Pública Estatal, así como su vinculación con el Sistema Nacional de Planeación Democrática.

De igual forma se establece la integración del Consejo Estatal de Planeación Democrática para el Bienestar (CEPLADEB) y el Comité de Planeación Democrática para el Bienestar (COPLADEB), órganos que deberán realizar diagnósticos, fijarán objetivos, estrategias, acciones, metas, prioridades y programas de ejecución del desarrollo integral del Estado, con base en la información del Sistema de Información Estadística y Geográfica del Estado de Veracruz (SIEGVER).

Con este nuevo ordenamiento corresponderá a cada uno de los municipios de la entidad remitir su Plan Municipal de Desarrollo a la Legislatura del Estado o a la Diputación Permanente, para su conocimiento, opinión, observaciones y aprobación; convenir con el Ejecutivo del Estado su participación en el proceso de planeación del desarrollo y remitir el Programa de Desarrollo Metropolitano Municipal a la Comisión Permanente de Desarrollo Metropolitano del Congreso del Estado, para su conocimiento, opinión y observaciones.

A través de los CEPLADEB, COPLADEB y los Subcomités de Planeación Democrática para el Bienestar (SUPLADEBS) se realizarán las consultas y se promoverá la participación de las distintas organizaciones representativas de la sociedad, con el propósito de que la  población exprese sus necesidades, opiniones y aspiraciones, para la elaboración, ejecución, control, seguimiento, evaluación y actualización del Plan Estatal de Desarrollo, de los Planes Municipales de Desarrollo y de los programas a que se refiere esta ley.

Esta Ley precisa que el Plan Veracruzano de Desarrollo deberá elaborarse usando una metodología de planeación específica y publicarse en un plazo máximo de seis meses contados a partir de la fecha de toma de protesta del Gobernador del Estado. Su vigencia no excederá del periodo constitucional que le corresponda, aunque podrá contener consideraciones y proyecciones de más largo plazo.

El Titular del Ejecutivo del Estado tendrá un plazo máximo de cuatro meses, contados a partir del día de su toma de protesta como Gobernador del Estado para elaborar el Plan Veracruzano de Desarrollo. Al término de este plazo, lo remitirá al Congreso del Estado, quien contará, a su vez, con un plazo máximo de dos meses para su estudio, análisis y aprobación.

Los planes municipales de desarrollo de cada uno de los municipios del Estado deberán tener una visión estratégica integral para el desarrollo sostenible a mediano y largo plazo, armonizados con las estrategias estatales, nacionales e internacionales.

A partir de la entrada en vigor de esta norma, el CEPLADEB solicitará a los sujetos que previene esta Ley, sus opiniones, estudios, trabajos y aportaciones para iniciar la elaboración y proceso del Plan Veracruzano de Desarrollo, y para tal efecto requerirá su cooperación, a través de los diferentes medios de difusión colectiva, impresos o electrónicos y se les concederá un plazo de 15 días naturales para hacer llegar sus propuestas.

Los municipios que cuenten con Comités de Planeación Municipal, procederán en los mismos términos y condiciones, a efecto de elaborar el Plan Municipal de Desarrollo correspondiente.

Durante la Décima sesión ordinaria del Primer Periodo de Sesiones y a nombre del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional, el diputado Rodrigo García Escalante, informó que no avalarían una “Ley a la carrera”.

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