La Suprema Corte de Justicia creó jurisprudencia en el caso del uso personal y consumo de la mariguana. El día 31 de octubre de 2018 la corte declaró inconstitucional la prohibición absoluta del consumo recreativo de la mariguana. ¿Qué significa esto? Que cualquier ciudadano podrá ir ante la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y solicitar un permiso para cultivar y consumir su propia mariguana para usos recreativo.
Si la Cofepris le niega ese permiso podrá usted acudir ante un tribunal para ampararse y, dada la jurisprudencia creada por la SCJN, ningún juez le podrá negar ese amparo. La Suprema Corte argumenta que «el derecho fundamental al libre desarrollo de la personalidad permite que las personas mayores de edad decidan -sin interferencia alguna- qué tipo de actividades lúdicas desean realizar».
De modo que si quiere cultivar su propia mariguana vaya usted a su jardín, prepare la tierra, siembre unas lechugas, unas acelgas, unos chiles y tomates cherry, y junto a estos ponga su plantota de mariguana. Si la autoridad intenta destruirle la planta, tenga su amparo a la mano y muéstrelo a los policías.
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