Francisco de Luna / Xalapa, Ver. La Ley en Materia de Desaparición de Personas para el Estado fue aprobada por unanimidad con 46 votos a favor y cero en contra. La tarde de este martes 24 de julio (2018) los diputados en el Congreso de Veracruz retomaron el tema de las propuestas presentadas por los integrantes de colectivos de búsqueda.
Los familiares de desaparecidos que se encontraban en el Pleno de la Legislatura celebraron la decisión de los diputados locales quienes avalaron un presupuesto que no podrá ser menor al 0.025 por ciento del presupuesto anual estatal.
Con esta Ley se establece la distribución de competencias y las formas de coordinación entre el Estado y sus municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias para buscar a las Personas Desaparecidas y No Localizadas, y esclarecer los hechos.
También servirá para prevenir, investigar, sancionar y erradicar los delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, así como los delitos vinculados señalados por la Ley General.
Asimismo, se crea el Mecanismo Estatal de Coordinación en materia de Búsqueda de Personas; «se crea además la Comisión Estatal de Búsqueda; se garantiza la protección integral de los derechos de las Personas Desaparecidas hasta que se conozca su suerte o paradero; así como la atención, la asistencia, la protección y, en su caso, la reparación integral y las garantías de no repetición, en términos de esta Ley y la legislación aplicable».
De acuerdo con la integrante del Colectivo “Solecito”, Aracely Salcedo Jiménez, de cada seis casos de desaparición sólo dos son denunciados, por lo que confió en que con la aprobación de la Ley en Materia de Desaparición de personas, Desaparición Cometida por particulares para el estado de Veracruz, se pueda volver a confiar en las autoridades encargadas de procurar e impartir justicia.
«No puede ser posible que toda la demás gente no se atreva a denunciar, porque hay miedo ante la propia ley, a la autoridad y está comprobado por la detención de varios servidores públicos quienes estaban para garantizarnos la seguridad».
En un plazo que no exceda de treinta días posteriores al nombramiento del Consejo Estatal Ciudadano, el Titular del Ejecutivo del Estado nombrará al titular de la Comisión Estatal de Búsqueda, atendiendo a lo previsto en los artículos 31 y 32 de la Ley en Materia de Desaparición de Personas para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
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