El argumento del IVAI para mantener reservada la información de los gastos de la Coordinación General de Comunicación Social en el sexenio de Javier Duarte era el siguiente: «El instituto local argumentó que si se divulgaran los costos individualizados de cada uno de los actos que realizó la Coordinación General de Comunicación, al insertar publicidad en los medios de comunicación, no se permitiría al Estado controlar o influir substancialmente en los precios de bienes o servicios, afectando con ello el erario público. Adicionalmente, se razonó que, si se diera la información sobre cada uno de los costos, se generaría una ventaja indebida en perjuicio de un tercero, ya que se anularía el poder de negociación del Estado frente a los propietarios de los diversos medios de comunicación».
Este argumento fue echado abajo por la Suprema Corte de Justicia de la Nación quien resolvió que los Gobiernos no pueden clasificar como reservada la información sobre su gasto de comunicación social. El que hizo el reclamo en su momento fue Miguel Ángel Yunes Linares cuando era diputado federal. Cabe señalar que en su sentencia la SCJN señala que tanto el IVAI como el Tribunal Colegiado por quienes pasó este caso actuaron «incorrectamente al negarse a efectuar el estudio de constitucionalidad del citado Acuerdo CAIR-053-2013».
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