Xalapa, Ver. La Presidencia de la LXIV Legislatura del Estado de Veracruz recibió el oficio 1946/2017 de la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia del Estado por el que confirma la resolución dictada el pasado 11 de octubre y por lo tanto desechó la demanda de Juicio de Protección de Derechos Humanos, interpuesta por los diputados Juan Nicolás Callejas Roldán y Fernando Kuri Kuri, en relación a la permanencia del Grupo Legislativo del PAN en la presidencia de la Junta de Coordinación Política (JUCOPO).
Así lo informó el Director de Servicios Jurídicos del Congreso del Estado, Ángel Ramírez Bretón, quien añadió que esta segunda resolución corresponde a lo planteado en el Recurso de Revisión que interpusieron los diputados Juan Nicolás Callejas Roldán y Fernando Kuri Kuri, coordinadores de los Grupos Legislativos del PRI y de Juntos por Veracruz, respectivamente.
Con esta resolución de la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia del Estado se confirma la legalidad de que el PAN continúe al frente de la presidencia de la JUCOPO y por lo tanto representa un acto de estricto apego a derecho.
Demanda interpuesta por Morena seguirá el mismo camino, se declarará improcedente
En otro punto, el Director de Servicios Jurídicos enfatizó que en relación a la demanda interpuesta por el diputado Amado Jesús Cruz Malpica, coordinador del Grupo Legislativo de MORENA, quien promovió ante la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) un Juicio para la Protección de los Derechos Políticos-Electorales del Ciudadano respecto a la permanencia del PAN al frente de la JUCOPO continuará la misma ruta, toda vez que carecen de sustento legal.
El servidor público informó que en cumplimiento a lo ordenado, presentó el pasado 10 de noviembre a las 12:29 horas ante la citada Sala Regional el informe requerido por el TEPJF.
El Director Jurídico, Ángel Ramírez Bretón precisó que este procedimiento -al igual que el promovido por el PRI y Juntos por Veracruz- resulta improcedente, toda vez que los argumentos plasmados dentro de la demanda interpuesta carecen de sustento legal alguno, por lo que se actualizarán las causales de improcedencia previstas en la ley, destacó.