Tomás R. Domínguez Sánchez /
Mi ideal más querido es el de una sociedad libre y
democrática, en la que todos podamos vivir en armonía.
Nelson Mandela.
Vaya que ha causado revuelo y gran relevancia la Iniciativa de decreto que reforma los artículos 149, 150 y 154 del Código Penal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, que fue presentada en la actual Legislatura por diputados y diputadas integrantes de diversos grupos legislativos, porque con esta iniciativa se busca “despenalizar” el aborto, tema que ha resultado controversial y cuestionable para algunos, sin embargo, es de vital importancia comprender que se trata de un asunto estrictamente jurídico, es decir, el tema va mucho más allá del sentido moral, social y religioso que se le pretende atribuir, no se trata de decir que “legalizar el aborto es estar a favor de la muerte” o que de “legalizar el aborto, se corre el riesgo que los jóvenes caigan en un liberalismo sexual”, tampoco se trata de tirar todo un choro mareador religioso, sino de decir que es justamente el derecho lo que nos hace vivir en sociedad, no podríamos hablar de moral, porque la moral es subjetiva, si bien es cierto que existe un concepto de moral social, no significa que debe ser única, por ejemplo, la ley prohíbe que tires basura en un horario no permitido, en los lugares destinados para ello, porque si lo haces tendrás un sanción –lo que permite que tengamos limpia el área de recolección y no molestemos a los demás-, pero, por otro lado, esta prohibición no implica que debas tener limpia tu casa –condición que tiene que ver con cuestiones personales-.
Ahora bien, el derecho tiene distintas ramas y todas tienen como fin esencial, garantizar la convivencia de la sociedad, por ejemplo, el derecho penal, que se encuentra en la rama del derecho público, su finalidad es castigar conductas a través de penas, que van desde el trabajo en beneficio de la comunidad, sanciones económicas y la privación de la libertad, es en éste en donde se encuentra actualmente establecido el delito del aborto en su artículo 149 comete el delito de aborto quien interrumpe el embarazo en cualquiera de sus etapas, lo que se busca con la iniciativa de reforma –mucho ojo en esto- NO ES DESPENALIZAR EL ABORTO, lo que se busca es que sea legal hasta las doce semanas de gestación, el delito de aborto seguirá en el catalogo de delitos, con la salvedad de poder hacerlo hasta las doce semanas de gestación, tal como lo establece la reforma artículo 149.- Aborto es la interrupción del embarazo después de la décima segunda semana de gestación. Para los efectos de este Código, el embarazo es la parte del proceso de la reproducción humana que comienza con la implantación del embrión en el endometrio.
Así que si estaban pensando que lo busca la reforma es despenalizar el aborto, lamento decirles que están equivocados porque la iniciativa propone, además, Artículo 150.- A quien cometa el delito de aborto con consentimiento de la mujer embarazada o consienta que otra persona la auxilie o la haga abortar, se le aplicarán en libertad medidas específicas e integrales con respeto a sus derechos humanos conforme a lo dispuesto en la fracción XIV del Artículo 19 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Veracruz, en un plazo no mayor a dos años, es decir, el aborto seguirá penalizado como hasta ahora lo ha sido; sin duda alguna las personas que se atrevieron a expresar su opinión, no se tomaron la molestia de por lo menos leer la Gaceta Legislativa en donde se encuentra la iniciativa; es importante saber que se trata de una herramienta jurídica para las mujeres y con ésta garantizar el acceso a procesos de interrupción del embarazo de una forma segura y legal, para combatir y evitar que se realicen intervenciones de forma clandestina, arriesgando la salud, bienestar y hasta la vida.
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