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El SAT te devuelve

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Brenda Caballero / ¡Aunque usted no lo crea! Abril es un mes en el que puedes tener un dinero extra, pues el SAT le devuelve sus impuestos en 5 días. Recuerde la campaña “¿Pide factura y hacienda te devuelve?”

Este es el momento, pues en este mes toca a las personas físicas presentar su declaración anual, aunque en esta ocasión hay algunos cambios por parte de la Autoridad, pero vamos por partes: Si tienes un patrón y recibes un sueldo o salario, tú puedes presentar tu declaración anual si tienes deducciones personales.

¿Cuáles pueden ser éstas?

Todos estos gastos serán deducibles, siempre y cuando pida factura y no los pague en efectivo.

Le decía que este año hay cambios. Anteriormente era obligatorio presentar la declaración si se rebasaban los 400 mil pesos de ingreso anuales; hoy, el SAT los exenta de la obligación sin ninguna sanción.

Si usted tiene dos patrones, obtuvo intereses financieros mayores a 20 mil pesos, es jubilado o tuvo una separación laboral, tiene que presentarla. La tecnología nos da opciones de presentación, mediante el portal de www.sat.gob.mx en la opción Declaración de personas físicas con su contraseña o e-firma o por vía telefónica al 01 55 627 22 728, en esta última opción la información deberá estar precargada y le harán algunas preguntas de seguridad.

Algo que usted debe de saber es que si a los datos precargados les hace alguna modificación será necesario que tenga a la mano su fiel o su e-firma, de lo contrario no podrá usted enviarla.

Para devoluciones hasta 10 mil pesos puede hacerlas con su contraseña; para mayor a esta cantidad, con la fiel o e firma; y para devoluciones mayores a 150 mil pesos serán solamente con cita en el módulo del SAT.

Sugerencia: al iniciar su captura le pide dé de alta su buzón tributario. Hágalo, de lo contrario no podrá darle seguimiento a su devolución.

¿Qué espera para que el SAT le devuelva?