Mientras tanto los familiares de la señora María Guadalupe Ramírez exigen justicia, exigen que la mujer agresora pague por los daños causados y que también vaya a prisión. ¿Qué dice el código penal federal sobre este tipo de agresiones? El artículo 289 del código penal federal dice: “Al que infiera una lesión que no ponga en peligro la vida del ofendido y tarde en sanar menos de quince días, se le impondrán de tres a ocho meses de prisión, o de treinta a cincuenta días multa, o ambas sanciones a juicio del juez.
Si tardare en sanar más de quince días, se le impondrán de cuatro meses a dos años de prisión y de sesenta a doscientos setenta días multa”. Por supuesto, los familiares no están pidiendo dinero, sino que la mujer y sus cómplices paguen por sus actos. Mientras tanto en la Fiscalía de Veracruz han de estar ya preparando la cena para fin de año, a ellos la justicia les vale un cacahuate.