La mujer que lanzó el comal con aceite hirviendo a la trabajadora de un local de antojitos ya ha sido identificada, ha sido localizada, ya fueron a preguntar por ella, pero la Fiscalía de Veracruz no ha realizado bien su trabajo.
Mientras tanto los familiares de la señora María Guadalupe Ramírez exigen justicia, exigen que la mujer agresora pague por los daños causados y que también vaya a prisión. ¿Qué dice el código penal federal sobre este tipo de agresiones? El artículo 289 del código penal federal dice: “Al que infiera una lesión que no ponga en peligro la vida del ofendido y tarde en sanar menos de quince días, se le impondrán de tres a ocho meses de prisión, o de treinta a cincuenta días multa, o ambas sanciones a juicio del juez.
Si tardare en sanar más de quince días, se le impondrán de cuatro meses a dos años de prisión y de sesenta a doscientos setenta días multa”. Por supuesto, los familiares no están pidiendo dinero, sino que la mujer y sus cómplices paguen por sus actos. Mientras tanto en la Fiscalía de Veracruz han de estar ya preparando la cena para fin de año, a ellos la justicia les vale un cacahuate.