Juan David Castilla / Xalapa, Ver. Los ayuntamientos de Veracruz podrían incurrir en un desacato al no definir el método para la elección de agentes y subagentes municipales, pues el plazo vence este jueves 20 de enero.
De acuerdo con el artículo 174, fracción IV, de la Ley Orgánica del Municipio Libre, los ayuntamientos tienen que aprobar dicha situación en sesión de Cabildo.
Después de eso, en los siguientes dos días hábiles, los ayuntamientos deberán remitir la convocatoria al Congreso del Estado, mismo que sesionará y aprobará los procedimientos mencionados.
A más tardar el 25 de enero, el Congreso local devolverá a los ayuntamientos la convocatoria aprobada con las modificaciones que hubiesen procedido para su publicación.
El artículo 173 de la misma ley mencionada establece que la convocatoria para dicha elección deberá ser publicada a más tardar el 25 de enero por parte de los ayuntamientos.
Posteriormente, con fecha límite del 28 de enero, los ayuntamientos y el Congreso designarán a los integrantes de la Junta Municipal Electoral, órgano responsable de la aplicación del procedimiento de elección.
Los candidatos, quienes deberán registrarse por escrito, a partir de la instalación de la Junta Municipal Electoral y hasta el término de la convocatoria, podrán ser electos por el procedimiento de auscultación, consulta ciudadana o voto secreto, a más tardar el segundo domingo de abril.
La Junta Municipal concluirá sus funciones con la toma de posesión de agentes y subagentes municipales el día 1 de mayo.
En el municipio de Xalapa debe elegirse a cinco agentes municipales para las congregaciones de El Castillo, El Tronconal, Chiltoyac, 6 de Enero y Julio Castro.
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