TEV determina “ilegal” triunfo de Federico Salomón en elección panista; se resuelve impugnación promovida por Guzmán Avilés

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El martes 18 de enero del 2022, el Tribunal Electoral del Estado de Veracruz (TEV) dictaminó que fue “ilegal” la sustitución de Tito Delfín Cano por Federico Salomón Molina en la candidatura durante la elección interna para la renovación de la dirigencia del Partido Acción Nacional (PAN) en Veracruz FOTO: JUAN DAVID CASTILLA
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Juan David Castilla / Xalapa, Ver. El martes 18 de enero del 2022, el Tribunal Electoral del Estado de Veracruz (TEV) dictaminó que fue “ilegal” la sustitución de Tito Delfín Cano por Federico Salomón Molina en la candidatura durante la elección interna para la renovación de la dirigencia del Partido Acción Nacional (PAN) en Veracruz.

El TEV resolvió el juicio para la protección de los derechos políticos electorales identificado como TEV- JDC-689/2021, promovido por Joaquín Guzmán Avilés, quien pretendía reelegirse como presidente del Comité Directivo Estatal (CDE) del PAN.

Con lo anterior, se revoca la resolución de la comisión de justicia identificada como CJ/JIN/412/2021, en la que se confirma la ilegalidad por parte de la comisión permanente del Consejo Nacional del PAN al sustituir de forma indebida la candidatura del Tito Delfín Cano, quien fue detenido después de un mitin político.

Cabe recordar que Delfín Cano fue arrestado el pasado sábado 27 de noviembre por su presunta responsabilidad en los delitos de abuso de autoridad, incumplimiento de un deber legal y fraude.

Guzmán Avilés ha declarado que debía haberle quedado el camino libre en la contienda interna tras la detención de su contrincante; sin embargo, se designó a un sustituto, violentando así los estatutos del partido.

En ese sentido, la resolución del TEV señala que la comisión de justicia deberá volver a pronunciarse, valorando y estudiando de fondo todos los agravios presentados por Joaquín Guzmán, ya que no se estimaron los agravios debidamente, haciendo las siguientes observaciones de cada agravio:

Primero. Deberá fundamentar y motivar su respuesta de este agravio.

Segundo. Deberá verificar si la comisión permanente cumplió con los requisitos para hacer uso de lo no previsto en la convocatoria.

Tercero. Deberá verificar si la comisión permanente no violó el artículo 15 de la convocatoria.

Cuarto. Deberá notificar correctamente en el domicilio señalado, ya que lo omitió en la primera resolución.

Guzmán Avilés sentenció que agotará todas las instancias para defender la legalidad de este proceso.

«Ya lo hemos dicho y hoy lo reiteramos, nuestra planilla enfrentó muchas irregularidades en esta elección y seguiremos de pie porque son miles de personas, en cientos de municipios del Estado, las que confían, apoyan y nos acompañan en esta exigencia», declaró.

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