Si un servidor público te bloqueó de su cuenta de redes sociales, va a tener que desbloquearte, lo dice la SCJN

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dictaminó que los servidores públicos que difunden sus actividades oficiales a través de sus cuentas en redes sociales, no pueden bloquear a los ciudadanos FOTO: WEB

La Suprema Corte de Justicia de la Nación entiende que, si un funcionario público difunde actividades a través de su cuenta de Twitter o cualquier otra rede social, le está dando a esa cuenta un carácter de medio oficial. Ante esa circunstancia bloquear a cualquier usuario es como negarle acceso a un medio oficial. Es por ello que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dictaminó que los servidores públicos que difunden sus actividades oficiales a través de sus cuentas en redes sociales, no pueden bloquear a los ciudadanos.

En algunos casos, los servidores públicos bloquean a ciudadanos que consideran incómodos, o que sienten están rebasando el ámbito público e invadiendo su propia intimidad. Son muy comunes las críticas a las actividades realizadas por servidores públicos en cuentas de Twitter, Facebook o Instagram. Vale mencionar que algunos usuarios se pueden convertir en verdaderos acosadores, pero ni hablar, si el servidor difunde sus actividades en esa cuenta, tendrá que aguantar las críticas y el acoso.

Por supuesto, el servidor público puede limitar su cuenta a asuntos meramente personales, y ahí habría que preguntarse si la SCJN sancionaría al servidor público por bloquear a quien se meta a ese tipo de cuentas. De momento, todos los servidores públicos que tengan bloqueadas a ciertas personas, van a tener que desbloquearlos.

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