¡SAT no deja tranquilos ni a los muertos!

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La muerte y los impuestos FOTO: WEB

Si crees que al morir te salvaste de las tediosas declaraciones fiscales ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), no es así. Tus familiares deben informar sobre tu defunción para iniciar otro proceso fiscal. Y es que el SAT se encarga de asegurar que las personas físicas y morales contribuyan al gasto público a través de los impuestos, es decir, recauda y administra los impuestos que serán destinados a financiar gastos e inversiones como obras públicas o servicios públicos.

El primer paso que debes realizar es que algún familiar tuyo o tercero interesado se presente al SAT para cancelar tu Registro Federal de Contribuyentes (RFC). Hasta el sábado 3 de noviembre, el SAT había cancelado tres mil registros de un total de 70.5 millones de contribuyentes activos.

Con este paso se generará un aviso de cancelación del RFC y se presentará por liquidación de la sucesión para que tu familiar o representante legal acepte el cargo. Después de esto, si tus familiares lo realizaron casi de forma inmediata cuando moriste, en un mes se finalizaría la sucesión, quedarás completamente alejado y no tendrás de qué preocuparte del SAT en el más allá. Pero si no es así, tus familiares deberán estar pendientes para evitar cargos o sobrecargos por no realizar dicho trámite en tiempo y forma.

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