Aprueban otorgar, progresivamente, seguridad social a pueblos indígenas

Indígenas
Las diputadas y diputados de la LXIV Legislatura de Veracruz aprobaron el Dictamen que reforma la Ley de Derechos y Culturas Indígenas de la entidad con lo que se establece que el Estado promoverá la extensión progresiva de los regímenes de seguridad social a los pueblos y comunidades indígenas interesados, aplicándolos sin discriminación alguna FOTO: PRENSA LEGISVER
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Con 37 votos a favor, sin votos en contra o abstenciones, el Pleno reformó la Ley de Derechos y Culturas Indígenas del Estado de Veracruz

Xalapa, Ver. Las diputadas y diputados de la LXIV Legislatura de Veracruz aprobaron el Dictamen que reforma la Ley de Derechos y Culturas Indígenas de la entidad con lo que se establece que el Estado promoverá la extensión progresiva de los regímenes de seguridad social a los pueblos y comunidades indígenas interesados, aplicándolos sin discriminación alguna.

Esta reforma, resultado de la iniciativa presentada el 23 de abril de este año por el diputado Nicolás de la Cruz de la Cruz, registró 37 votos a favor de diputados y diputadas de los Grupos Legislativos del PAN, MORENA, PRI, PRD y Juntos por Veracruz, así como por el legislador del Partido Nueva Alianza.

El Dictamen subraya que la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, aprobada por la Asamblea General de la ONU, el 13 de septiembre de 2007, reconoce que los pueblos indígenas tienen derecho, como pueblo o como personas, al disfrute pleno de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales reconocidos por la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos y la normativa internacional de los derechos humanos.

También alude al artículo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en relación a “en los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece”.

El Dictamen aprobado por el Pleno reformó el capítulo I del Título III y adicionó el artículo 48 Bis de la Ley de Derechos y Culturas Indígenas para el Estado de Veracruz.

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