El punto ciego de la justicia…

Justicia
Juez dictando sentencia FOTO: WEB
- en Opinión

Maryjose Gamboa / En medio del camino de cruces que implica la búsqueda de justicia en países como el nuestro, se han ido olvidando los argumentos genuinos que dieron origen a esta lucha, hasta el punto que pasamos de un extremo a otro con más penas que glorias… Si bien es cierto que el nuevo Sistema de Justicia Penal se centra básicamente en el respeto a los derechos humanos de quienes presuntamente cometieron un delito -cuestión que nos queda claro en el anterior sistema era lo que menos importaba- también lo es que ahora pareciera que los derechos de quienes delinquen importan más que el de las propias víctimas.

Probablemente los expertos en la materia tendrán sus propias opiniones sobre este tema, aunque sinceramente no he escuchado al menos en Veracruz, debates o posturas contundentes al respecto, pero desde el conocimiento que brinda la experiencia de haber vivido y conocido cientos de injusticias cometidas gracias a los recovecos legales del sistema anterior, y las mismas injusticias cometidas ahora gracias a los candados del nuevo sistema, lo único que encuentro es que en la impartición de justicia sigue existiendo el mismo punto ciego que vulnera al estado de derecho, porque al final solo se modificaron leyes que benefician o perjudican a los ciudadanos y no a quienes tienen en sus manos la responsabilidad de garantizar JUSTICIA.

Podría narrarles cientos de casos de personas juzgadas bajo el sistema anterior y bajo el que ahora nos rige, sin embargo creo que con tres es suficiente para que cualquiera pueda entender el punto en el que considero, debería centrarse un debate que conduzca a una profunda revisión y a una clara exigencia para que con el mismo rigor que antes se condenaron inocentes y ahora se liberan auténticos delincuentes, se modifiquen leyes a modo que también respondan ante la justicia los encargados de procurarla e impartirla.

Primer caso; Hace un par de años un sujeto entra a un fraccionamiento privado, apuñala al velador de la entrada, ingresa a una casa que tenía perfectamente ubicada, golpea hasta dejar inconsciente a la señora que lo descubre entrando por la cocina, se va directamente a la recámara de su pequeña hija, y cuando intenta abusar sexualmente de la niña el padre de la menor se despierta, escucha los gritos de su hija, toma una pistola que guardaba en su casa (heredada por su abuelo), y sin pensarlo le dispara y el sujeto muere. Acto seguido el señor llama a la policía, esta acude, resguarda la escena del velador asesinado por el intruso, brindan atención médica a la señora brutalmente golpeada y toman su declaración, interrogan a la pequeña obviamente afectada por el abuso sufrido, levantan el cadáver del sujeto, detienen al padre de la niña, lo llevan a juicio, y finalmente lo condenan por homicidio.

¿Argumentos del juez para dicha sentencia? El padre de la menor atacó al intruso con un arma de fuego, mientras que el intruso “sólo portaba una navaja”, los disparos ocurrieron cuando el sujeto ya había soltado a la niña, la distancia entre ambos no indicaba que el sujeto tuviera intención de agredir a nadie más (al parecer con el velador apuñalado, la señora golpeada, y la niña abusada sexualmente estaba cubierta la dosis de daño que podía causar en aquella familia), y varias teorías más que recuerdo porque pude entrevistar en un par de ocasiones al abogado. Finalmente para el juez se cometió un homicidio y punto, lo que ocurrió antes o después carecía de importancia ante el hecho. ¿Qué tendría que haber hecho el señor entonces según la ley? Muy simple, hablar con el psicópata que estaba abusando de su pequeña, investigar qué tipo de arma llevaba, y como se trataba de una navaja pues tenía que haber bajado a la cocina y desde luego ignorar a la esposa golpeada en el piso, buscar algún cuchillo del mismo tamaño y filo del que llevaba el tipo, regresar a la habitación de la niña, pedirle al sujeto que se parara un poco más cerca de él e intentara agredirlo, para entonces sí poder apuñalarlo en legítima defensa. ¿Sencillo no? Sí, para el juez, para el señor resultaba un “poco” más complejo tal razonamiento, menos porque no era abogado.

Ese era el sistema de “justicia” anterior, y a tal punto llega la libertad para aplicar su criterio que tenían Y SIGUEN TENIENDO los jueces.

Segundo caso: En uno de los recorridos que hemos hecho en los penales con las señoras que conforman los colectivos de búsqueda de familiares desaparecidos, uno de los internos acepta ver las fotos después de someternos a un interrogatorio seguramente menos amable del que la ley permite que le hagan a él durante su proceso legal, y de pronto se detiene en una imagen, la ve con detenimiento, se ríe, hace un comentario en tono de burla, le pregunto si identifica a la persona, y responde “no, y sí si te vale madres, ya no quiero ver más fotos, y no me puedes obligar porque derechos humanos me protege”… Se regresa a su celda tranquilo y sonriente, porque al final sabe que tiene razón. Que esos mismos representantes de derechos humanos que NO atendieron a la madre de esa persona cuándo se quejó porque el entonces ministerio público se negaba a recibir la denuncia por desaparición, ahora velan porque a quien probablemente sepa en dónde está la víctima, nadie lo moleste con preguntas que le “incomodan”.

Tercer y último caso: Desde hace un par de días en las redes sociales empezó a circular una nota publicada en “La Jornada”, en la que se narra la historia de un jovencito con discapacidad auditiva, sometido a toda clase de maltratos presuntamente (tengo que poner la palabrita ni modo) por sus propios padres. Para cuándo el tema llega a las redes sociales, ya la Procuradora Estatal para la Defensa de las Niñas, Niños y Adolescentes, Paola Laudi, había acudido por instrucciones de la Directora del DIF Estatal, María Laura García Beltrán, y ya tenían bajo su resguardo al menor…

Ahora ¿Qué va a pasar con ese pequeño y con esos sujetos a los que me resisto a llamarles “padres”? Ni idea, porque hace poco en el distrito que me corresponde representar, tuvimos un caso similar, y aunque la Directora del DIF Estatal, la Procuradora, y la Presidenta del mismo, la señora Leticia Márquez de Yunes, presentaron todas las pruebas necesarias para que un juez vinculara a proceso a los padres, y entregara la custodia temporal de la menor al propio DIF, este simplemente resolvió que faltaban argumentos, que el testimonio de la niña no era “contundente”, que el nuevo sistema, que bla bla bla… y listo.

¿Es necesario agregar algo más para que quede claro el punto que planteo? No creo… El asunto, al menos para mí es bastante claro, todas las autoridades de este país, todos las y los servidores públicos de este estado, podremos ser los mejores o los peores, los más honestos o deshonestos, los más comprometidos o negligentes, los más corruptos o los más incorruptibles, al final del día quien decide si se hará JUSTICIA o no, es un JUEZ, y a estos no hay ley alguna que los toque ni en el viejo, ni en el nuevo sistema de “justicia”.

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