Facultarían al Presidente Municipal para designar al tesorero y contralor

- en Carrusel, Comunicados
Conserva el Cabildo la facultad para el nombramiento, pero de no hacerlo en dos ocasiones, el presidente municipal podrá hacerlo libremente, establece la iniciativa del diputado Carlos Morales

Xalapa, Ver. La LXIV Legislatura de Veracruz dio entrada a la iniciativa de decreto que reforma los artículos 35, fracción XII, y 36, fracción XIV, de la Ley  Orgánica del Municipio Libre a fin de establecer la atribución del presidente municipal para nombrar al tesorero y al titular del Órgano Interno de Control, en caso que el Cabildo, pasados dos ocasiones, no lo haga.

En la sesión, el diputado Carlos Antonio Morales Guevara presentó la iniciativa, a nombre de los integrantes de los Grupos Legislativos del PRI y Juntos por Veracruz, en el que se plantea que el Cabildo tendrá facultades para resolver sobre el nombramiento y, en su caso, remoción o licencia del Tesorero, del Secretario delAyuntamiento, del Titular del Órgano de Control Interno y del Jefe o Comandante de la Policía Municipal.

De no resolver sobre el nombramiento de los servidores públicos mencionados en dos ocasiones, el Presidente Municipal procederá conforme  lo establece la ley.

En tribuna, el diputado dijo que la Ley Orgánica del Municipio Libre señala que el tesorero municipal y el titular de la contraloría son, junto con los presidentes municipales, los síndicos, el regidor de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal y el director de Obras Públicas, directamente responsables de la administración de todos los recursos públicos municipales.

Agregó que debido a la importancia de dichos cargos, no es positivo que se queden acéfalas al inicio de una administración municipal las principales dependencias, ya que esto traería como consecuencia problemas de gobernabilidad, incumplimientos o retrasos en la prestación de los servicios públicos, afectaciones en el ejercicio de los recursos, retrasos en la recaudación de contribuciones, como el impuesto predial, entre otras muchas funciones relevantes.

Mediante esta iniciativa -sostuvo- se plantea conservar la atribución del Cabildo de nombrar a los titulares de las dependencias referidas, pero también se establece un límite de dos ocasiones para que ello ocurra, y que, en su defecto, el presidente municipal tendría la facultad de designar libremente a los servidores públicos en mención.

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