Duro revés legal a las fotomultas

- en Opinión

Tomás R. Domínguez Sánchez / El tema que está en boca de la mayoría de los ciudadanos, y en especial de todos los automovilistas, sin ninguna duda, es el de las fotoinfracciones y es que éstas que se empezaron a aplicar con la entrada en vigor de la Ley del Transporte y Seguridad Vial para el Estado de Veracruz, así como su reglamento respectivo, y que como ya hemos dado cuenta en columnas anteriores, siguen – y seguirán – dando mucho de qué hablar porque tienen muchas contradicciones, muchos absurdos y otras tantas ilegalidades e irregularidades en los artículos que las conforman.

Hablando estrictamente del tema de las fotomultas, ya se han dado declaraciones de parte de los encargados de aplicar esa ley administrativa, en el sentido de que si algún ciudadano está inconforme en cuanto a la aplicación de la multa respectiva por alguna infracción cometida, pueden acudir directamente al Departamento Jurídico de Tránsito del Estado para que se proceda a la cancelación de la misma, por lo que sería muy bueno acudir siempre y cuando no sigan el procedimiento de la Ciudad de México en donde se dio un caso de un chofer de taxi al que le llegó un multa a su domicilio y que para asombro del ruletero la infracción fue por “circular sin casco”, muy alarmado acudió a las oficinas en el Distrito Federal y hasta después de corroborar que efectivamente el taxista no circulaba en moto, procedieron supuestamente a la cancelación de la misma, sin embargo, y días después, ese mismo trabajador del volante consultó la página web y se dio cuenta que la multa no había sido cancelada porque ahí seguía pero ahora el concepto era el de “hablar por celular mientras conduce”, y sin darle más vueltas, harto de tanto abuso por parte de las autoridades de la Capital del País decidió iniciar su juicio contencioso administrativo, acudiendo a los tribunales respectivos; se dice que en la capital del Estado ya hacen fila los ciudadanos para presentar sus quejas en las oficinas de Tránsito.

La desesperada estrategia de la cancelación de las infracciones se da en un clima pre-electoral en un Veracruz que no goza de una buena reputación, muchos dicen que es una medida meramente política con la que se busca llegar al electorado a través del lado más sensible: el bolsillo. Lo cierto es que la medida ha sido un tanto bien vista por los ciudadanos víctimas de los atropellos tecnológicos que se han puesto de moda últimamente.

Además, trascendió que, desde hace algunos días, ya se están emitiendo las sentencias de los juicios interpuestos ante los tribunales del estado en contra de las fotoinfracciones, obteniendo un fallo favorable para los ciudadanos porque se están declarando inválidas las boletas de infracción y condenando a la devolución de la cantidad pagada por esos conceptos, y como no, si la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, como nuestra Ley Máxima, establece que la autoridad debe fundar y motivar de una manera exhaustivamente su actuación, y en especial cuando se trata de imponer sanciones, es decir, siempre debe explicar detalladamente los motivos que originan la multa y los preceptos legales que se violaron, y por supuesto que con un sobre de Correos de México tirado en la puerta de algún domicilio no se cumple con la fundamentación y motivación.

Así que, si algún día al llegar a su domicilio encuentra un sobre de Correos de México y ese sobre contiene alguna de estas famosas fotomultas, lo ideal es acudir directamente al Departamento Jurídico de Tránsito y Transporte del Estado a interponer la queja respectiva por ilegalidad en la notificación y si de plano, después de la atención en el Jurídico, la inconformidad persiste, inicie un juicio contencioso administrativo en contra de la multa y con un buen planteamiento en la demanda se declarará invalida y se condenará a la devolución de lo que se haya pagado por ese concepto.

Todos los derechos reservados. Este material no puede ser publicado, reescrito o distribuido sin autorización.

Comentarios

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *