El Gobernador Yunes sobre el nuevo Sistema de Justicia Penal

Justicia
En lo que se refiere al nuevo Sistema de Justicia Penal efectivamente es un sistema bondadoso, es un sistema que tiene virtudes, que tiene aspectos muy positivos pero que al igual que todos los sistemas, que todas las reformas, en el momento de aplicarse se tienen que evaluar, y si la evaluación indica que no está sirviendo para el objetivo que debe servir se tienen que hacer reformas FOTO: CGCS
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Xalapa, Ver. En lo que se refiere al nuevo Sistema de Justicia Penal efectivamente es un sistema bondadoso, es un sistema que tiene virtudes, que tiene aspectos muy positivos pero que al igual que todos los sistemas, que todas las reformas, en el momento de aplicarse se tienen que evaluar, y si la evaluación indica que no está sirviendo para el objetivo que debe servir se tienen que hacer reformas.

El objetivo de un Sistema de Justicia Penal es aplicar la ley y es hacer que paguen las consecuencias legales quienes violenten la ley, lo que hemos advertido y lo que yo particularmente he advertido y quiero hablar en este caso a nombre propio, lo que yo he actualmente advertido como Gobernador del Estado es que el nuevo sistema de justicia penal no está sirviendo para lo que fue pensado, para lo que fue diseñado, que es lograr mejores condiciones de seguridad pública y es lograr un combate eficiente a la impunidad.

El nuevo sistema de justicia penal protege los derechos humanos, garantiza a todos el principio de inocencia, la presunción de inocencia, pero está sirviendo también para que a partir de interpretaciones que no compartimos, este nuevo Sistema de Justicia Penal genere mayores consecuencias, mayores riesgos en materia de seguridad.

Lo que estamos planteando, lo que yo planteó y lo he planteado en reuniones con Gobernadores, y vamos a seguir insistiendo, es que se revise el nuevo Sistema de Justicia Penal, y en aquellos aspectos en los que no esté funcionando adecuadamente se hagan reformas.

No tendría nada de extraño que se hiciera una reforma legal, se han hecho muchas reformas a Reformas que no funcionaron, y en este caso yo quisiera mencionar por ejemplo algunos delitos que no están considerados como de prisión preventiva obligatoria, prisión preventiva necesaria, y pongo como ejemplos dos o tres:

El feminicidio, por ejemplo. No es posible que el feminicidio no esté considerado como uno de los delitos que merezca prisión preventiva obligatoria, necesaria; o la posesión, portación, fabricación, comercio, importación de armas de fuego. No es posible que una persona que es detenida en posesión de armas de fuego sea liberado y pueda cursar su proceso en libertad.

O precisamente el delito al que usted se refería, el robo de combustible, tampoco es un delito que se merece prisión preventiva necesaria. Entonces qué necesitamos hacer, reformar la Constitución o las leyes reglamentarias y también precisar los criterios de los jueces federales en torno a este nuevo modelo de justicia penal, de tal manera que los jueces federales apliquen criterios que favorezcan a la sociedad y no a los delincuentes, eso es posible hacerlo dentro de la propia ley.

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